Expertos

¿Quién es un EXPERTO en arte? ¿Qué responsabilidades le conciernen?

(Foto: © Calvo Sotelo & Cremades).

Juan Cesáreo Ortiz-Úrculo

Domingo 10 de noviembre de 2024

Como explica Art Certificate, en internet, “En Europa, el título de experto no tiene, lamentablemente, todavía un marco jurídico preciso. Cualquier individuo, asesor, comerciante, corredor o simple particular, puede reclamar el título de experto, sin tener las habilidades y la ética necesarias”.

Esta es la razón por la que en Francia y en otros países, los profesionales del arte se han agrupado en organizaciones, federaciones, cámaras o sindicatos. El objetivo principal de estas organizaciones es seleccionar a los profesionales del arte, a fin de garantizar, a los vendedores, compradores o poseedores de obras de arte, que tratarán con una persona cuya honestidad, conocimientos y experiencia están reconocidos en su campo.

Así, en Francia, donde tampoco se encuentra regulada jurídicamente la profesión de experto, se edita, sin embargo, bianualmente, por Catalogues Raisoning, un grueso libro -tengo delante el de 2014-2016, ejemplar de la 22 edición-, con el nombre de GUIA INTERNACIONAL DE EXPERTOS Y ESPECIALISTAS, dirigida y coordinada por el presidente del Comité de Artes Francés, Sr. D. Armand Israël, en la que se relaciona el nombre de muchos expertos y especialistas de todo el mundo, reconocidamente acreditados, alguno español, que ofrece, sin duda, ayuda y tranquilidad a quienes desean confirmar el origen y el autor de la obra de arte que poseen.

Dado que, en España, no existe una concreta regulación legal de estas profesiones y de sus responsabilidades, habrán de ser las Asociaciones o Agrupaciones de expertos, existentes o que se constituyan, las que, previamente seleccionen a los “peritos” competentes y honestos, y les den a conocer públicamente, con el fin de ofrecer confianza a los poseedores de objetos de arte, sobre todo cuando pretendan realizar transacciones u operaciones de tales obras.

Sin embargo, con este vacío legal que vivimos, y la añadida dificultad y demora que, realmente existe a menudo para identificar una obra de arte y a su autor, resulta difícil comentar y analizar en este momento, de manera general, casos de “aficionados” expertos que, quizá buscando un lucro propio, asesoren, por ejemplo, a propietarios de un cuadro, convenciéndoles de que corresponde a un autor, que no lo es, y de un valor que no tiene, a sabiendas de la falsedad de sus afirmaciones, o prescindiendo u olvidando sus escasos o nulos conocimientos y experiencia. Sin olvidar también a los propios poseedores del objeto artístico, que podrían buscar a los aparentes expertos, para lograr firmas y certificaciones falsas, consiguiendo con ellas engañar en la venta del objeto, y lucrarse con un precio desproporcionado.

Estas y otras acciones constituirían, en ocasiones, delitos de estafa, si hubo enriquecimiento y engaño consciente y voluntario del inexperto asesor, o del poseedor de la obra, o incluso falsedades, si se plasmaron en algún documento las “no verdades”; también podrían dar lugar, en otros supuestos, a daños y a consiguientes responsabilidades civiles, por dolo o imprudencia.

Pero, la libertad con la que actúan actualmente los llamados “expertos de arte”, carentes de título o profesión regulada, y, por lo tanto, no sujeta a exigibles y determinadas obligaciones, junto con las reales dificultades que presentan estos trabajos, y las prevenciones y obligaciones, al menos elementales, que siempre deberán cumplir los poseedores de la obra que pretendan realizar operaciones con ellas, requerirá, casuísticamente, una cuidadosa y acreditada claridad de lo sucedido, antes de deducir de los hechos posibles responsabilidades en los llamados “expertos de arte”, o en los que les buscaron. Porque también los constantes avances científicos y analíticos sobre la cuestión obligan cada vez más a los expertos a utilizarlos como exigencia en sus trabajos.

Por lo dicho, me parece evidente que semejante situación insegura y no socialmente conocida, debiera superarse con urgencia, creando cuanto antes, legalmente y con las pruebas previas de capacitación y experiencia necesarias, la profesión de experto en arte, con sus especialidades y sus correspondientes responsabilidades.

Juan Cesáreo Ortiz-Úrculo.

Fue FGE y Jefe de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.

Hoy es Abogado en Cremades&CalvoSotelo. Abogados.

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