Arte

El Supremo resuelve el conflicto entre el Estado y la tabaquera Altadis por dos cuadros de Goya

Los dos retratos fueron cedidos a Real Fábrica de Tabacos de Sevilla en 1789, que era de la Corona. Hoy Altadis es privada (Foto: © Patrimonio del Estado).

El Estado nunca renunció a su propiedad.

Viernes 10 de abril de 2026

Los dos retratos pertenecían al patrimonio de la corona en 1789 y luego pasaron al Estado, que las cedió a las diferentes empresas tabaqueras hasta la actual Altadis. S.A.



REDACCIÓN. HERALDO DE ARAGÓN informa que la sala primera del Tribunal Supremo ha decidido que los retratos de Carlos IV y su esposa, la reina María Luisa de Parma, creados por Goya en 1789 por encargo de la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla para su exhibición en la fachada de dicha Fábrica, son propiedad del Estado.

La disputa sobre la propiedad de los lienzos entre el grupo multinacional del tabaco Altadis S.A y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha llegado a su conclusión con esta sentencia.

La sentencia, según lo comunicado por el Supremo, se basa en que los dos retratos formaban parte del patrimonio de la corona en 1789 y posteriormente fueron transferidos al Estado. Además, se detallan las diversas entidades que han tenido la posesión de los retratos hasta llegar a Altadis S.A. en la actualidad.

La sentencia establece que "la Compañía Arrendataria de Tabaco, a la que se le arrendó este monopolio en 1887, tenía el derecho de poseer los retratos como ornamento en sus edificios, pero el Ministerio nunca renunció a su propiedad".

Tras años de litigio, la sentencia establece que la empresa no puede adquirir la propiedad de los lienzos basándose en un derecho real derivado de su posesión continua durante un periodo específico, lo cual se conoce como usucapión.

Los retratos fueron encargados por la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla con el propósito de ser exhibidos en un monumento temporal que se instalaría frente a la fachada de la fábrica, como parte de las celebraciones del inicio del nuevo reinado de Carlos IV. Una vez concluidas las festividades, las obras fueron colocadas en las instalaciones de la Real Fábrica de Sevilla. En un inventario realizado en 1887, se registró que la empresa contaba con “ocho retratos de reyes pintados al óleo con marcos dorados”, aunque no se menciona el nombre del artista. Ese mismo año, la Corona decidió arrendar el monopolio sobre la producción y venta de tabaco a la Compañía Arrendataria de Tabaco (CAT), una entidad privada cuyo principal accionista era el Banco de España y que estaba bajo la supervisión del Estado.

La sentencia narra que en 1946, tras la adquisición por parte de Tabacalera de uno de los edificios de CAT ubicado en la calle Barquillo de Madrid, se encontraron colgados en una de las paredes estos dos cuadros. “Un informe de los servicios jurídicos del Estado de 23 de abril de 1985 entendió que los dos retratos eran propiedad del Estado", lo cual se reflejó en la comunicación del Estado a Tabacalera S. A.

El 25 de septiembre de 1986, se dejó claro que los dos cuadros de Goya no estaban incluidos en el inventario de bienes que el Estado español iba a aportar a Tabacalera, ya que se consideraba que pertenecían al Estado. En ese mismo año, Tabacalera elaboró su propio informe y concluyó que las obras eran de su propiedad.

A petición de Patrimonio, Altadis, anteriormente conocida como Tabacalera, permitió la exhibición de los cuadros en diversas muestras tanto dentro como fuera de España. Sin embargo, se aclara en el documento que esta exposición se realiza “bajo la posesión” de la compañía, según varios contratos que se incluyen. En estos acuerdos, resalta la segunda cláusula, que ya indicaba que Tabacalera y el Ministerio de Educación y Cultura “tienen intención y ya han iniciado conversaciones para que tanto los cuadros antes señalados [los retratos] como el archivo histórico de Tabacalera, S. A. pasen a ser de titularidad estatal, dado el interés cultural de estos bienes y la posibilidad de contribuir a su mejor conocimiento y difusión”.

El contrato mantuvo su vigencia hasta 2007, durante el Gobierno socialista de Zapatero. Fue en ese momento cuando Altadis hizo la solicitud de “la dación en pago de impuestos con los dos retratos”. Sin embargo, tras un informe desfavorable de la Comisión de Valoración de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de bienes del patrimonio Histórico Artístico español, la petición fue rechazada el 7 de mayo de 2008.

La búsqueda de otras alternativas por parte de la tabacalera continuó. En 2014, solicitó al Ministerio de Cultura “autorización para enajenar aquellos activos que no estaban estrictamente relacionados con la actividad comercial de la empresa, entre los que se incluían los dos retratos”. Un año más tarde, la Dirección General de Bellas Artes reiteró que la propiedad de las obras pertenecía al Estado.

Desde 2017, la vía judicial se convirtió en el camino para resolver la disputa sobre la propiedad de los cuadros. Durante este tiempo, el caso ha sido llevado ante un juzgado en Madrid y en la Audiencia Provincial, hasta que finalmente el litigio fue cerrado por el Supremo, dado que, como señala Altadis, no es posible interponer un recurso.

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