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Escollos legales en Alemania para la restitución del expolio nazi

Profesor Dr. Reiner Jacobs (Foto: © Heuking.de).

ENTREVISTA A REINER JACOBS

"Los Principios de Washington Son recomendaciones exclusivamente, pero no son vinculantes"

Lunes 06 de noviembre de 2023
El jurista aleman explica la complejidad legal en relación a objetos procedentes del pasado

El profesor y doctor Reiner Jacobs, es uno de los juristas de mayor prestigio en Alemania,

En una entrevista para la revista de la sala de subastas Lempetz, el jurista aborda cuestiones sobre arte saqueado, leyes de propiedad y el manejo actual de los Principios de Washington.

Lempetz- ¿Cuándo se trata de arte saqueado?

Dr. Rainer Jacobs - El arte saqueado por los nazis de RJ se refiere a obras de arte que fueron tomadas por la fuerza a los perseguidos del régimen nazi durante el período comprendido entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945. Esto incluye obras de arte que los propietarios tuvieron que vender o vender durante este tiempo, ya que se presume que lo harían. No los habría vendido sin persecución.

Inmediatamente después del final de la guerra, los puntos centrales de recogida establecidos por las potencias aliadas occidentales devolvieron las obras de arte saqueadas a sus propietarios. Posteriormente hubo restitución y compensación financiera basada en los derechos de restitución de los aliados y más tarde en base a la Ley Federal de Restitución. Los plazos previstos en este reglamento para la presentación de reclamaciones han expirado hace tiempo. La cuestión resurgió en la atención pública durante la Conferencia de Washington en diciembre de 1998. Se establecieron por primera vez los 'Principios de Washington', que delineaban los principios internacionales relativos a las obras de arte confiscadas por los nazis ("Arte confiscado por los nazis"). Esta declaración tiene como objetivo identificar las obras de arte afectadas, investigar su procedencia, localizar a los propietarios de antes de la guerra o a sus herederos y llegar a una solución “justa y equitativa” con ellos.

¿A quién se aplican los Principios de Washington?

Los Principios de Washington Son recomendaciones exclusivamente, pero no vinculantes.

Los principios de la "Declaración de Washington" se implementaron en la República Federal de Alemania mediante la "Declaración conjunta del gobierno federal, los estados federados y las principales asociaciones municipales" de 1999 y se hicieron vinculantes para los museos, bibliotecas y archivos públicos. Todas las instituciones culturales públicas están obligadas a revisar sus fondos y determinar si contienen arte saqueado por los nazis. Esto ha llevado a la devolución del arte saqueado a los herederos o antiguos propietarios y a “soluciones justas y equitativas” con ellos.

La 'Declaración de Washington', por el contrario, no vincula a particulares ni a coleccionistas privados. Esto habría sido contradictorio para la propiedad del arte saqueado por los nazis adquirido legalmente desde entonces. La obligación de los coleccionistas privados de devolver tales obras de arte a sus antiguos propietarios o a sus herederos significaría una expropiación que, según la Ley Fundamental, sólo está permitida contra una indemnización. Esta compensación tendría entonces que ser asumida por el Estado.

¿Es posible adquirir legalmente la propiedad de ese arte saqueado?

Según la ley alemana, una persona que ha poseído una obra de arte durante al menos 10 años y la adquirió de buena fe (lo que significa que no sabía ni podía haber sabido que se trataba de arte saqueado por los nazis) adquiere la propiedad mediante un proceso conocido como " prescripción adquisitiva' o 'Ersitzung' (prescripción adquisitiva). Esto se basa en la consideración de que la propiedad y la posesión no deben estar permanentemente separadas. Además, el reclamo de restitución basado en la propiedad expira después de 30 años, por lo que ya ha pasado su período de prescripción. La respuesta a la pregunta es claramente sí: uno puede adquirir la propiedad legal de esas obras de arte saqueadas. La situación es diferente según la legislación estadounidense. Según la legislación estadounidense, el arte saqueado por los nazis se considera generalmente "robado" y nadie puede adquirir su propiedad. Sin embargo, la ley estadounidense permite la expiración de los reclamos de restitución en casos específicos.

Si un coleccionista privado sospecha que puede poseer obras de arte saqueadas, ¿cómo debe proceder?

Deberían preguntar en el Registro de Arte Perdido de Magdeburgo si la obra de arte está registrada como desaparecida. En caso contrario, la sospecha suele resolverse. Sin embargo, la información no proporciona absoluta certeza de que no haya sido saqueada. Debido a que la inscripción en el Registro de Arte Perdido solo se realiza previa solicitud. Si nadie presenta una solicitud, la obra de arte no figura en la lista. En tales casos, si todavía hay dudas, se debe consultar a un experto, como un historiador del arte especializado en la investigación de procedencias o un marchante de arte.

¿Qué es el Registro de Arte Perdido y qué efecto tiene una inscripción en el registro?

El Registro de Arte Perdido se lanzó en abril de 2001, poco después de la adopción de la "Declaración Conjunta" para implementar la "Declaración de Washington". Al solicitar una inscripción se realiza una verificación de verosimilitud, aunque no se informa a los propietarios actuales de las obras de arte afectadas. Veo esto como un defecto fundamental de esta base de datos. Dado que, como fundación privada, desempeña una tarea pública, debería brindar a las partes afectadas la oportunidad de ser escuchadas antes. La entrada tiene efectos devastadores sobre la posible venta de la obra de arte. Una vez registrada la obra de arte, resulta prácticamente invendible. Esto invade profundamente los derechos de propiedad. El Tribunal Federal de Justicia dictaminó recientemente que la entrada en la base de datos de arte perdido no constituye una menoscabo de los derechos de propiedad. Sin embargo, lo considero muy dudoso, incluso poco realista.

¿Cómo se puede eliminar dicho registro?

En la citada sentencia, el Tribunal Federal de Justicia recomendó al demandante, también coleccionista privado, demandar a la fundación de Magdeburgo para que la suprimiera. En mi opinión jurídica, el registro debe eliminarse si el solicitante no puede demostrar que se trata de una propiedad saqueada por los nazis. No existe base legal para suponer que todas las ventas de arte entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945 estuvieran "relacionadas con la persecución", como invoca el Tribunal Federal de Justicia, al menos no en relación con los coleccionistas privados.

¿No sería también responsable el Estado si las obras de arte fueran adquiridas de buena fe después de la guerra?

Esta pregunta probablemente apunta a si el Estado es generalmente responsable ante los herederos de los propietarios anteriores si los propietarios actuales adquirieron la obra de arte de buena fe y, por lo tanto, tienen la propiedad legal. Tal responsabilidad del Estado podría estar implícita, ya que según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal, la República Federal de Alemania es idéntica al Reich alemán y, por tanto, idéntica al autor. Sin embargo, no existe ninguna disposición legal que establezca dicha responsabilidad.

¿Cómo cree que deberían cambiarse estas regulaciones en el futuro?

Dado que la República Federal de Alemania ha sometido a las instituciones culturales públicas a los Principios de Washington, corresponde principalmente a la investigación de la procedencia y a la provisión de los correspondientes fondos de investigación devolver el mayor número posible de obras identificadas como arte saqueado a los herederos de los propietarios anteriores. o alcanzar con ellos una solución "justa y equitativa".

En estos casos no surgen reclamaciones de indemnización derivadas de la expropiación porque el gobierno federal, los estados y los municipios no son titulares de derechos fundamentales y no pueden reclamar protección de propiedad para sí mismos. La situación es mucho más difícil para el arte saqueado por los nazis y propiedad de particulares, ya que entra en juego la protección de la propiedad a favor de los propietarios actuales y la privación sólo sería permisible con una compensación. Para tales casos, puedo imaginar un fondo financiado por el Estado que pueda ayudar a encontrar soluciones que estén en consonancia con los intereses y sean apropiadas.

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