Ha sido acusado de receptación y multado con 3.360 ?. Podría haber sido condenado a 25 meses de prisión.
REDACCIÓN. Según Informa DIARIO DE SEVILLA , el pasado 9 de mayo, un individuo fue condenado en Sevilla a una multa de 3.360 euros por un delito consumado de receptación, tras ofrecer en venta 140 monedas históricas procedentes de al menos dos yacimientos arqueológicos de Linares, Jaén y de la costa malagueña o granadina. Eso si y como dicta la sentencia "sin que conste eso sí que él hubiese participado en tales expolios".
El vendedor habría ofertado !hasta 4.900 veces!, La venta de las monedas en Ebay desde diciembre de 2017 diciembre de 2019.
Según la sentencia, el encausado había adquirido las monedas "de terceros no identificados y las poseía, sin establecimiento abierto al público, para su venta, siendo un coleccionista y vendedor avezado y con amplios conocimientos de numismática antigua".
La sentencia inicial condenatoria declara que "las monedas procedían de expolios de yacimientos arqueológicos, al menos de dos, no habían sido desenterradas más allá de tres años atrás. Entre las monedas figurarían piezas íberas acuñadas en la antigua Cástulo y pecunias cartaginesas.
En concreto, el Juzgado de lo Penal número 16 declaró probado que tras la denuncia del Museo de Ronda (Málaga) que el encartado "ofreció sobre agosto de 2018 la venta de un as de Acinipo del siglo I en la plataforma eBay y otras monedas en una dirección de correo que le pertenecía", bajo el pseudónimo de "iliberri", el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil abrió una investigación.
Gracias a las pesquisas, un agente se puso en contacto con el acusado por correo electrónico, interesándose por información acerca de las monedas que se vendían y el acusado le ofreció información completa si le compraba alguna. Según el relato de los hechos, el inculpado concertó una cita con el agente en las cercanías de la catedral el 9 de septiembre de 2018, encontrándose en un bar donde el acusado ofreció 140 monedas que llevaba para la compra de algunas por el agente, quien finalmente se identificó como tal e incautó cautelarmente las monedas, al no saber su procedencia y sospechar que fuera ilícita.
Precisamente por su condición de experto, el acusado era conocedor de la obligación de declaración impuesta por la ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía sobre las monedas que tenía en su poder.
El tribunal sí estima la parte del recurso correspondiente a la pena concreta impuesta al inculpado, al no encontrar "razones para aplicar la modalidad más gravosa, la privación de libertad; en lugar de la más benigna, la multa". Así, la Audiencia estima el recurso de apelación en el único sentido de sustituir la pena de 25 meses de cárcel por una multa de 3.360 euros.