Como explica Art Certificate, en internet, “En Europa, el título de experto no tiene, lamentablemente, todavía un marco jurídico preciso. Cualquier individuo, asesor, comerciante, corredor o simple particular, puede reclamar el título de experto, sin tener las habilidades y la ética necesarias”.
Esta es la razón por la que en Francia y en otros países, los profesionales del arte se han agrupado en organizaciones, federaciones, cámaras o sindicatos. El objetivo principal de estas organizaciones es seleccionar a los profesionales del arte, a fin de garantizar, a los vendedores, compradores o poseedores de obras de arte, que tratarán con una persona cuya honestidad, conocimientos y experiencia están reconocidos en su campo.
Así, en Francia, donde tampoco se encuentra regulada jurídicamente la profesión de experto, se edita, sin embargo, bianualmente, por Catalogues Raisoning, un grueso libro -tengo delante el de 2014-2016, ejemplar de la 22 edición-, con el nombre de GUIA INTERNACIONAL DE EXPERTOS Y ESPECIALISTAS, dirigida y coordinada por el presidente del Comité de Artes Francés, Sr. D. Armand Israël, en la que se relaciona el nombre de muchos expertos y especialistas de todo el mundo, reconocidamente acreditados, alguno español, que ofrece, sin duda, ayuda y tranquilidad a quienes desean confirmar el origen y el autor de la obra de arte que poseen.
Dado que, en España, no existe una concreta regulación legal de estas profesiones y de sus responsabilidades, habrán de ser las Asociaciones o Agrupaciones de expertos, existentes o que se constituyan, las que, previamente seleccionen a los “peritos” competentes y honestos, y les den a conocer públicamente, con el fin de ofrecer confianza a los poseedores de objetos de arte, sobre todo cuando pretendan realizar transacciones u operaciones de tales obras.
Sin embargo, con este vacío legal que vivimos, y la añadida dificultad y demora que, realmente existe a menudo para identificar una obra de arte y a su autor, resulta difícil comentar y analizar en este momento, de manera general, casos de “aficionados” expertos que, quizá buscando un lucro propio, asesoren, por ejemplo, a propietarios de un cuadro, convenciéndoles de que corresponde a un autor, que no lo es, y de un valor que no tiene, a sabiendas de la falsedad de sus afirmaciones, o prescindiendo u olvidando sus escasos o nulos conocimientos y experiencia. Sin olvidar también a los propios poseedores del objeto artístico, que podrían buscar a los aparentes expertos, para lograr firmas y certificaciones falsas, consiguiendo con ellas engañar en la venta del objeto, y lucrarse con un precio desproporcionado.
Estas y otras acciones constituirían, en ocasiones, delitos de estafa, si hubo enriquecimiento y engaño consciente y voluntario del inexperto asesor, o del poseedor de la obra, o incluso falsedades, si se plasmaron en algún documento las “no verdades”; también podrían dar lugar, en otros supuestos, a daños y a consiguientes responsabilidades civiles, por dolo o imprudencia.
Pero, la libertad con la que actúan actualmente los llamados “expertos de arte”, carentes de título o profesión regulada, y, por lo tanto, no sujeta a exigibles y determinadas obligaciones, junto con las reales dificultades que presentan estos trabajos, y las prevenciones y obligaciones, al menos elementales, que siempre deberán cumplir los poseedores de la obra que pretendan realizar operaciones con ellas, requerirá, casuísticamente, una cuidadosa y acreditada claridad de lo sucedido, antes de deducir de los hechos posibles responsabilidades en los llamados “expertos de arte”, o en los que les buscaron. Porque también los constantes avances científicos y analíticos sobre la cuestión obligan cada vez más a los expertos a utilizarlos como exigencia en sus trabajos.
Por lo dicho, me parece evidente que semejante situación insegura y no socialmente conocida, debiera superarse con urgencia, creando cuanto antes, legalmente y con las pruebas previas de capacitación y experiencia necesarias, la profesión de experto en arte, con sus especialidades y sus correspondientes responsabilidades.
Juan Cesáreo Ortiz-Úrculo.
Fue FGE y Jefe de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
Hoy es Abogado en Cremades&CalvoSotelo. Abogados.