CIERRE DIGITAL informaba el pasado 29 de agosto del desplome de un tramo de unos cuatro metros de la muralla de la Alcazaba de Badajoz. El derrumbe ha ocurrido entre la Torre de Espantaperros y la entrada a la Plaza Alta, junto a los Jardines de La Galera.
Las autoridades han acordonado el área tras confirmar que la causa directa fueron “filtraciones o humedades de las que se desconoce el origen”. La situación se agravó por la fragilidad de los materiales de mortero de cal y tapia de hormigón.
El derrumbe ha afectado principalmente a “elementos de relleno datados de finales del siglo XX” y no a la estructura original. Esto dejó al descubierto la muralla primitiva del año 875, vinculada a la fundación de la ciudad por Ibn Marwan. El hallazgo se ha convertido en símbolo del fracaso de restauraciones superficiales.
la Asociación Cívica Amigos de Badajoz ha criticado que la gestión sea “reactiva” en lugar de “preventiva” y que no se trate la Alcazaba como un yacimiento arqueológico integral.
Los expertos alertan de que este enfoque arquitectónico, centrado en reparar lo visible, perpetúa un ciclo de deterioro al ignorar las patologías profundas del monumento.
La Alcazaba de Badajoz, declarada como Monumento Histórico-Artístico en 1931 y reconocida como Bien de Interés Cultural (BIC) se rige por la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español. Esta ley obliga a “conservar, mantener y custodiar” estos bienes.
Su gestión recae en un entramado institucional. El Ayuntamiento de Badajoz actúa como responsable directo. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Cultura, cumple funciones de tutela y asesoramiento, y el Estado participa mediante programas como el “1,5% Cultural”.
El régimen sancionador contempla multas de hasta un millón de euros o el cuádruple del valor de los daños por infracciones muy graves. También incluye penas de prisión de seis meses a tres años por delitos contra el patrimonio histórico, según el artículo 323 del Código Penal. Sin embargo, este marco se aplica sobre todo a actos intencionados de expolio o vandalismo. Los casos de deterioro derivados de la inacción administrativa, como el de la Alcazaba, quedan en un limbo legal que dificulta exigir responsabilidades claras.
El derrumbe en la Alcazaba de Badajoz se suma a un patrón recurrente de colapsos patrimoniales en España.