REDACCIÓN. El dilema de los creativos respecto a la Inteligencia Artificial y el temor generalizado a no poder poner límites al empleo de esta herramienta, Pearece que en Estados Unidos, ha empezado con la limitación más elemental. La económica, ya que este tipo de obras producidas por IA no podrán ser protegidas por la Ley de Derechos de Autor.
Así lo dispuso el pasado 21 de agosto, la Juez Federal Beryl Howell del Distrito de Columbia en su sentencia cuando el informático Stephen Thaler intentó obtener los derechos de autor de una obra de arte visual y La agencia del gobierno encargada del registro de derechos de autor rechazó la solicitud de Thaler, debido a que la obra carecía de autoría humana.
La pieza fue creada utilizando un sistema informático propiedad de Thaler llamado "Creativity Machine". Thaler quería transferirse a sí mismo los derechos de autor de la IA.
La sentencia de la juez Howell fue clara: "La creatividad humana es la condición sine qua non en el núcleo de la propiedad intelectual, incluso cuando se canaliza a través de nuevas herramientas o hacia nuevos medios".
Esta sentencia reafirmaría que los derechos de autor sólo se conceden a obras creadas por humanos, una postura que no parece que vaya a cambiar en un futuro próximo y que genera sin duda cuestiones sin resolver, pero que de manera muy elemental podrían resumirse: Si un individuo reproduce o emplea IA para crear una obra artista con elementos procedentes de una obra , si protegida por la Ley de Derechos de Autor ¿Se considerará Plagio o Copia fraudulenta?.
Ante esta realidad, los artistas plásticos que ya han sufrido el plagio de sus obras mediante IA, se preguntan cuando y como se iniciarían o establecerán los protocolos periciales para detectar y denunciar estos fraudes.
Aunque no sería descabellado pensar que serán las mismas plataformas
ChatGPT o Midjourney que generan contenidos
IA, las que ofrezcan la solución para detectar plagios y hasta falsificaciones realizadas mediante sus mismos procesos “creativos”.