REDACCIÓN. Según Informa GUARDIA CIVIL , agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONAl en La Rioja han denunciado a tres personas que realizaban la búsqueda de objetos y bienes arqueológicos utilizando detectores de metales sin contar con la correspondiente autorización. Los implicados en estos hechos, que se enfrentan a «penas de multa de hasta 30.000 euros», son tres varones de nacionalidad española, con edades comprendidas entre los 22 y 27 años, residentes en La Rioja y Zaragoza.
A principios de enero agentes del Seprona constataron diversas intervenciones o prospecciones ilegales en las localidades de Cervera de Río Alhama, Aguilar de Río Alhama, Navajún y Valdemadera, todas ellas relacionadas con la extracción de restos arqueológicos.
Durante la tarde/noche del 26 de marzo, los dispositivos de vigilancia y control desplegados permitieron detectar la presencia de un vehículo todoterreno en la ermita Santa María de Atisca de Navajún. El conductor y ocupantes al percatarse de la aparición de la patrulla emprendieron la huida, siendo interceptados en una de las calles de la citada localidad.
Los agentes, una vez identificaron a estas tres personas procedieron a inspeccionar sus pertenencias hallando entre las mismas cinco botones de latón o bronce, una moneda celtibérica o romana, una campanilla y otras cuatro piezas metálicas de diferentes características. Además, en las plazas traseras del vehículo los agentes localizaron tres detectores de metales, linternas y diversos utensilios para hacer remociones del terreno -palas y azadas-.
Preguntados por la autorización para la realización de las prospecciones arqueológicas, manifestaron no poseerla, motivo por el que se procedió a la incautación de los detectores y de las piezas encontradas por si pudieran tener algún interés cultural o arqueológico, siendo propuestos para sanción por diversas infracciones de carácter grave a la Ley de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.
Se recuerda que el empleo de detectores de metales con la finalidad de buscar o recuperar materiales arqueológicos que no cuenten con la correspondiente autorización está prohibido y constituye una infracción de carácter grave, para la que están previstas sanciones de 6.001 a 30.000 euros y el decomiso de los utensilios utilizados.
En el caso de acreditarse daños a los yacimientos arqueológicos o expoliación, constituye un delito sobre el Patrimonio Histórico contemplado en los artículos 323 y 324 del Código Penal según los hechos tipificados, con penas que pueden ser de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses en los delitos menos graves y multa de tres a dieciocho meses en los delitos leves cometidos por imprudencia grave.